¿EMPRESAS INACTIVAS?

La Administración pretende acabar con las entidades inactivas y con las deudas sociales.

  • ¿Qué es una empresa inactiva?

Nos referimos a empresas que no ejercen ninguna actividad económica. Este tipo de empresas han comunicado a Hacienda la baja de su actividad y mientras son liquidadas evitan los gastos que implican la disolución.

Cuando la empresa no está activa sigue teniendo obligaciones y responsabilidad con Hacienda, Seguridad Social, Registro Mercantil, etc.

El pasado 1 de febrero entró en vigor el Reglamento de la Ley de Auditoría, en el cual aparece un nuevo régimen sancionador para los empresarios incumplidores.

  • ¿A qué están obligadas estas empresas a pesar de estar inactivas?

Antes de entrar en vigor la nueva normativa, no era necesario pagar los gastos asociados a la disolución y liquidación lo que significaba que resultaba rentable dejar una sociedad inactiva.

Sin embargo, ahora será obligatorio presentar el impuesto de sociedades (modelo 200) y el depósito de cuentas anuales. 

  • ¿Qué ocurre si las empresas inactivas no cumplen con esta obligación?

Será el Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas (ICAC) el organismo que tendrá la potestad sancionadora.

Se deberá abonar el 0,5 por mil del importe total de las partidas de activo y se le sumará  el 0,5 por mil de la cifra de ventas que figura en la última declaración presentada ante Hacienda.

Si el resultado es mayor que el 2% de capital social, la sanción final tendrá una reducción del 10%.

Si no se aporta la última declaración ante la Agencia Tributaria en la que figuran las ventas, la sanción alcanzará el 2% del capital social. Para ello, se tomarán como referencia los datos más recientes que figuren en el Registro Mercantil.

  • Asesor Peinado

Desde Asesor Peinado desempeñamos una labor importante para ayudarte a la disolución y liquidación de las empresas inactivas. Así como para regular sus situaciones registrales y evitar posibles sanciones.

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